La Dirección de Rentas de la Municipalidad de Pila, recuerda que para que su negocio pueda expender bebidas alcohólicas, deberá contar con la Licencia Provincial para la Comercialización de Bebidas Alcohólicas (Re.Ba.), según lo establecido por la Ley Provincial 13.178.
Pasos a seguir para obtener la Licencia Provincial para la Comercialización de Bebidas Alcohólicas (Re.B.A.), según lo establecido por la Ley Provincial 13.178.
Primero: Concurrir a la Dirección de Rentas Municipal con la siguiente documentación:
Fotocopia de D.N.I,
Fotocopia de la Habilitación Municipal y,
Declaración Jurada de Ingresos Brutos del último año o la constancia de inscripción para aquellos comerciantes que iniciaron sus actividades este año.
Segundo: una vez aprobado el trámite, retirar por el Municipio el formulario para el pago del canon en el Banco.
Tercero: presentar dicho pago en el Municipio a fin de que se le extiendan la licencia.
La Dirección genera la licencia correspondiente según el rubro habilitado:
A- distribuidores
B1- almacenes, autoservicios, despensas y similares.
C1- pizzerías, restaurantes, parrillas y similares.
C2- bares, pubs, cervecerías y similares.
C3- confiterías bailables y similares.
D- eventos organizados por entidades que habitualmente no desarrollan las actividades descriptas en las categorías a, b y c (fiestas regionales o zonales, temporales)
ESTÁ PROHIBIDA LA VENTA DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS EN KIOSCOS, POLIRRUBROS Y ESTACIONES DE SERVICIO.